De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 1627/97, de 24 de octubre cada empresa que actúe como contratista principal ha de elaborar un Plan de Seguridad y Salud (PSS)en base a la información obtenida del Estudio de Seguridad y Salud o del Estudio Básico de la Obra.
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Asimismo, en las obras sin proyecto en las que intervenga un solo contratista, se hace necesario la realización de una Documento de Gestión Preventiva en Obra.
En PREPLUS CONSULTORES contamos con amplia experiencia en la realización de PSS y de Documentos de Gestión Preventiva en Obra.


