Implantación Integral
El artículo 16 de la ley 31/95 establece que la prevención de riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de la empresa, tanto en el conjunto de sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través de la implantación y aplicación de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación de este plan, son la Evaluación de Riesgos Laborales y la Planificación de la Actividad Preventiva.

Con nuestro servicio de Implantación Integral nos ocupamos de dar utilidad a toda la documentación generada por el Servicio de Prevención, dejando de ser simples informes para pasar a ser herramientas útiles en la implantación de la PRL y liberando a tu empresa de esta labor obligatoria por ley.


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